Hipoteca inversa ¿otra solución?.

En los tiempos actuales muchas personas mayores, o con discapacidad, no tienen suficiente con su pensión. Para conseguir más recursos están optando en el mercado financiero a la denominada hipoteca inversa. Es decir, convertir sus bienes patrimoniales materiales y poca liquidez (tales como viviendas o terrenos) en dinero efectivo.
En realidad no es más que un préstamo, en la que sin perder la propiedad, otorga la capacidad de disponer periódicamente de una media de 600 o 700 euros extras, o bien en un pago único. Este importe depende del porcentaje del valor de tasación del bien inmueble (como máximo un 90%). Y cuando se cubra dicho importe se deja de percibir el dinero. Pero cuidado, porque la entidad financiera se debe cobrar también los intereses. Así que una vez el deudor haya fallecido, serán sus herederos los que ajusten cuentas con el banco. Si quieren recuperar el inmueble (normalmente la vivienda habitual del causante) deberán pagar la deuda generada más los intereses, en caso contrario pueden venderla y pagar la deuda, o quizá más bien, optar porque la entidad se quedara con el bien y los herederos quedarían liberados de la carga.
Y por cierto, están exentas de tributación las rentas obtenidas por mayores de 65 años o personas en situación de dependencia severa o gran dependencia por la constitución de hipotecas inversas sobre su vivienda habitual.
Así que si es usted propietario de una vivienda libre de cargas, es mayor de 65 años y ha pensado desheredar, hipotéquese y a vivir del cuento. Eso sí, piense que a su hora, quizá esparzan sus cenizas sobre el banco.

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