Cambios en la deducción por vivienda.

El anuncio que ayer hizo el Presidente del Gobierno sobre la eliminación de las deducción por vivienda no ha sido suficientemente explicada. Los que nos movemos en temas de política fiscal sabíamos que esta medida tendría que llegar, antes o después. El borrador sobre el que el Ministerio de Hacienda trabaja es el siguiente:
A)-Los que ya disfrutamos de deducción por vivienda vamos a poder seguir deduciendo la misma a razón de un 15%, e incluso hay prevista una compensación fiscal para los que compramos la vivienda antes del 20 de enero de 2006.


B)-Los que adquieran la vivienda a partir del 1 de enero de 2011, es decir que se haya producido la "traditio" y por tanto firma notarial, se deducirán en función de su base imponible. En este punto se dan tres extremos:
  • 1-Quienes tengan una base imponible superior a 24000 euros no podrán deducirse por su nueva vivienda habitual.
  • 2-Quienes tengán una base imponible menor de 24000 euros y mayor de 17000 euros podrán deducirse el montante de inversión hasta 9015,00 a un tipo reducido, menor de un 15%. Es muy posible que existan dos tramos.
  • 3-Quienes tengan una base imponible menor de 17000 euros podrán deducirse a un tipos de un 15% las cantidades invertidas hasta una base tope de 9015,00.

Es evidente que la medida ha tenido diversas reacciones. Mi opinión es que la medida ya se intuía, porque cuando se instauró se produjo un incremento en los precios de la vivienda. Incluso, muchas inmobiliarias no tenían como objetivo vender pisos, sino formalizar hipotecas, con el aliciente de la deducción. En este punto, por experiencia propia, sé como muchas ventas inmobiliarias se fueron al traste por culpa de la usura y la avaricia de una financiera.

En cuanto a las cifras que se manejan debo reconocer que la cifra de 24000 euros de base imponible dejará de beneficiar a muchos contribuyentes. Por ello pienso que debería crearse un nuevo tramo de deducción reducida para las bases imponibles comprendidas entre los 24000 y los 30000 euros.

Al tiempo, creo que se debería tener en cuenta a aquellos que por no tener cuota íntegra suficiente no pueden desgravarse nada. Para ellos sería positivo que se estableciera la posibilidad de conservar deducciones no practicadas en los cuatros años siguientes.

Comentarios

Antonio P.B. ha dicho que…
Debemos tener en cuenta que las deducciones por vivienda tienen dos partes: la estatal que es la que se modifica y la autonómica, que tendrá los tipos que marquen los respectivos parlamentos autonómicos.