La igualdad tributaria, por principio.


Desde hace algún tiempo cunde la sensación de que no todos somos iguales ante el fisco y muchos principios básicos de nuestro derecho han saltado, de facto, por los aires.


En nuestra Carta Magna se determina que el establecimiento de los impuestos y la exigibilidad de los mismos no se basan en el libre albedrío del legislador, y mucho menos del gobernante de turno.

Tampoco la actividad inspectora o recaudadora de la administración debe tener en cuenta el privilegio de unos frente a la obligación de acatarla de los demás.
Estos principios (generalidad, progresividad e igualdad) son claramente comprendidos por cualquier fiscalista, e incluso por cualquier persona o contribuyente. 
 
Sin embargo, de un tiempo a esta parte, parece que la carga tributaria no es para todos igual y algunas personas, por su posición o su popularidad, gozan de amplios privilegios, moratorias y exenciones de facto.




Comentarios